Características:
Los beneficiarios estarán durante un período máximo de 14 días en el mes de octubre, en una residencia de tiempo libre o en otro establecimiento residencial de Galicia gestionado por la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar, programándose actividades y excursiones que favorezcan el reencuentro con su tierra. Terminada esta estancia, podrán permanecer con sus familiares en Galicia, hasta completar un período máximo de 3 meses, siendo por su cuenta durante este tiempo los gastos de alojamiento, manutención y cualquier otro gasto derivado de su estancia.
Podrán participar las personas que cumplan los siguientes requisitos:
1. Ser emigrante gallego  2. Tener la nacionalidad española  3. Residir con carácter ordinario en Ibero América  4. Tener sesenta y cinco  o más años de edad contados al 16 de junio. 5. Llevar por lo menos los últimos 15 años naturales sin participar en programas de viajes a Galicia de la  secretaría general de la Xunta de Galicia. 6. Ser válido por sí mismo y no padecer trastornos psicofísicos que alteren la normal convivencia y que estén en condiciones de realizar un viaje de larga duración 7. También podrán ser beneficiarios los cónyuges de los anteriores.
Documentación a presentar junto a la solicitud hasta el día 16 de junio de 2014:
 Anexo I completo y firmado  Fotocopia del pasaporte español o DNI español en vigor. Certificado Consular dónde acredite la nacionalidad española y la inscripción en el Registro de Matrícula como residente, si estos no quedan debidamente acreditados por el pasaporte  o DNI.  Documentación acreditativa de la residencia en ibero América, (Certificado de domicilio expedido por la seccional o certificado de residencia expedido por el Consulado).   Certificación o justificante acreditativo de los ingresos, rentas o pensiones de cualquier naturaleza que perciba el solicitante y los miembros de la unidad económica familiar  Certificado médico, según el modelo incluido en el Anexo II.  Fotografía actual tamaño carné.  Libro de familia, libreta de matrimonio o justificante de la unión de hecho y del nacimiento del resto de miembros de la unidad económica familiar.  Documento en el que conste si es beneficiario de las pensiones asistenciales por ancianidad del Estado español.  Declaración de ayudas solicitadas o concedidas por otras administraciones para la misma actividad incluida en el anexo I.  Cónyuges: fotocopia del pasaporte o C.I., certificado de domicilio, certificado médico, foto carne, declaración de ayudas solicitadas o concedidas  (incluida en anexo I).

La solicitud se remitirá, por correo postal o por fax, a la Delegación Provincial del Instituto Nacional de Estadística de la provincia de inscripción a efectos electorales. Las direcciones postales y los números de fax se pueden consultar en la dirección http://www.ine.es/contactar.