El Ministerio convoca las ayudas a instituciones españolas que prestan atención a personas de nacionalidad española en situación de vulnerabilidad
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha convocado las subvenciones para instituciones asistenciales españolas en el exterior, con una dotación total de 499.000 euros. El objetivo de estas ayudas es apoyar económicamente a organizaciones sin ánimo de lucro que desarrollan su labor en el extranjero, prestando atención a personas de nacionalidad española en situación de vulnerabilidad.
Según la convocatoria, cuyo extracto se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 11 de abril de 2025, podrán beneficiarse de estas subvenciones aquellas entidades legalmente constituidas en el extranjero que, a iniciativa propia, prestan de forma gratuita o semigratuita ayuda a ciudadanos españoles en el extranjero, en estado de necesidad y carentes de recursos propios, con el fin de estimular, compensar y complementar la actuación asistencial de dichas instituciones.
Las ayudas económicas que se concedan a esas entidades se destinarán a gastos para la asistencia social, sanitaria o análoga a dichos españoles y, excepcionalmente, a gastos de mantenimiento ordinario de las instalaciones que los acogen, y de reparación o reposición de elementos imprescindibles para su asistencia realizados durante el año en el que se concedan las subvenciones.
La cuantía individualizada máxima de cada ayuda no podrá exceder los 40.000 euros y la suma de las cuantías de todas las subvenciones que se concedan a las instituciones asistenciales que operan en un mismo país no podrá exceder de 250.000 euros.
Entre los criterios de valoración destacan la trayectoria y experiencia de la entidad solicitante, la situación de necesidad de las personas atendidas, la eficiencia del uso de fondos públicos en ejercicios anteriores y la calidad de los proyectos presentados. Se dará prioridad a aquellos centros situados en países con altos niveles de pobreza o precariedad en servicios sociales.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el 12 de abril. Las solicitudes deberán presentarse de forma telemática a través del registro electrónico del Ministerio, acompañadas de la documentación exigida, como la memoria del proyecto, presupuesto detallado, y acreditación de la situación legal y fiscal de la entidad.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de este procedimiento será de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria. Dentro de los tres meses siguientes a la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada, que conforme a la convocatoria se extiende a todo el año en el que se concede la subvención, la institución beneficiaria presentará una memoria justificativa sobre la utilización de la subvención concedida, en la que consten las actividades realizadas, su coste y el detalle de los gastos en que haya incurrido.
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