Acuerdo parlamentario para excluir el voto exterior en municipales
LOS EMIGRANTES PODRÁN VOTAR EN URNA Y, PREVIA PETICIÓN, POR CORREO EN EL RESTO DE LAS CONVOCATORIAS
M.L.Clemente / Redacción, Madrid
Alfonso Guerra, presidente de la Subcomisión.
La Subcomisión parlamentaria que estudia la reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) en el Congreso de los Diputados alcanzó el pasado miércoles un acuerdo respecto al voto procedente de los españoles residentes en el exterior en el que excluye a este colectivo del voto en las elecciones municipales y mantiene su participación en el resto de los comicios, para los que podrá ejercer su derecho votando en urnas que se instalen en consulados y embajadas o por correo, pero en este caso habrán de solicitar el voto.
Es decir, los españoles residentes en el exterior mantienen su derecho al voto en las elecciones autonómicas, generales –tanto para el Congreso como para el Senado–, europeas y referendos y no se modifica la circunscripción electoral, habiéndose descartado una de las principales reivindicaciones del colectivo en los últimos años: la representación parlamentaria propia.
Podrán votar en urnas que se instalen en consulados y embajadas, durante una jornada electoral que durará más de un día –se habla de tres–, con identificación del elector. También podrán votar por correo, pero si se elige esta modalidad, para cualquier tipo de comicios, los españoles en el exterior habrán de solicitar su voto, como se hace en España y como hacían ellos para votar en las municipales, con el llamado ‘voto rogado’, de forma que se identifique al elector con la petición y, posteriormente, para evitar suplantaciones, con la introducción en el sobre de votación de la fotocopia de un documento de identificación junto con la tarjeta de inscripción en el censo, como ya ocurrió en las últimas autonómicas gallegas por decisión de la Junta Electoral Central a instancias del PP.
Una modalidad de voto ésta, el rogado, en la que la participación del exterior disminuía sustancialmente frente a las elecciones en las que recibían de oficio la documentación para votar.
Aunque el acuerdo alcanzado no incluye todavía muchos detalles, sí prevé que el escrutinio de los votos se realice en España, en la Junta Electoral correspondiente, y no en el exterior, remitiendo los sufragios por valija diplomática, con lo que se han pretendido evitar dudas sobre el control que se tiene de ellos en el extranjero.
El acuerdo fue tomado por el 98 por ciento de los miembros de la Subcomisión. Sólo expresaron sus reservas en la exclusión del voto en las municipales la diputada de Coalición Canaria (CC) Ana Oramas y el de Izquierda Unida (IU) Gaspar Llamazares, que en un principio lo habría apoyado pero luego rectificó.
La Subcomisión tomó este acuerdo por sorpresa pues inicialmente no estaba previsto en el orden del día de la reunión mantenida la semana pasada abordar el voto del exterior. Formará parte de las propuestas de reforma de la Loreg que la Subcomisión remita a la Comisión Constitucional, donde tendrá que ser ratificado o modificado en primera instancia y, después, pasar al pleno de la Cámara Baja. Según las previsiones, la reforma se aplicará por primera vez en las elecciones municipales de 2011 y en principio afectará a los ayuntamientos y también a los cabildos y las diputaciones provinciales.
Criterio de vecindad
La decisión de dejar fuera de las elecciones locales al colectivo de residentes en el exterior se ha adoptado sobre la base legal que determina que al alcalde y a los miembros de la Corporación los eligen “los vecinos”, condición de vecindad que no tienen los emigrantes, dada su residencia en el extranjero. El Consejo de Estado también aconsejaba tomar esta decisión al haber constatado que la adscripción del emigrante a un municipio determinado era casi ficticia.
Por el contrario, la Subcomisión que preside Alfonso Guerra desechó la exclusión de los emigrantes del resto de elecciones que se celebran en nuestro país (autonómicas, generales, europeas y referendos). Otro referente importante es que no habrá circunscripción única en ninguna de las Cámaras, ni Congreso ni Senado.
Marcha atrás pero no del todo
Se aparcan así las noticias surgidas en el sentido de que se consideraba la participación electoral de este colectivo únicamente para la elección en el Senado de una representación de entre cuatro y cinco senadores y se descartaba que pudieran intervenir en ninguna convocatoria electoral del país. Como se ha informado desde ‘Crónicas de la Emigración’, estas noticias dieron lugar a una fuerte réplica en las últimas semanas desde las organizaciones de españoles en el exterior, entre ellas las del PSOE y también las del PP, a las que en gran parte se ha atribuido la reconsideración de las mismas.
También quedan, pues, frustradas las expectativas de quienes, en base al programa electoral del PSOE, confiaban en obtener en este proceso una representación parlamentaria propia del colectivo en el exterior. Medias tintas para las aspiraciones del colectivo de españoles residentes en el extranjero que no obstante, a buen seguro, se sintieron aliviados siquiera sea porque ‘el mal’ será significativamente menor a lo que se anunciaba como un importante recorte de derechos de participación electoral y que movilizó a sus representantes.
Frente a lo que se mantuvo desde algún otro medio también próximo al entorno de la emigración en las últimas semanas, la información contrastada por este seminario siempre estuvo alejada de que PSOE y PP hubiesen acordado, tras la fuerte polémica inicial, dejar el voto procedente del exterior en los mismo términos en los que estaba hasta ahora.
Actualmente, hay 1,3 millones de españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), una cifra que podría llegar a los 1,7 millones con la plena aplicación de la Ley de Memoria Histórica que permite otorgar la nacionalidad a los descendientes de exiliados políticos.
Contra empadronamientos de conveniencia
La Subcomisión también decidió el miércoles por unanimidad adelantar un mes el censo válido para los comicios generales y limitar las actualizaciones en periodo electoral con el fin de evitar empadronamientos de conveniencia.
Actualmente, el censo que se utiliza en unas elecciones generales es el vigente en el primer día del mes anterior a la convocatoria formal de los comicios (casi noventa días antes de la votación), y al mismo tiempo hay un amplio margen para actualizaciones de datos y cambios.
Los partidos políticos, especialmente los grandes, aprovechan este marco legal para mover sus rostros conocidos a circunscripciones que les son ajenas pero en las que el resultado está ajustado y se presenta incierto.
En las últimas generales se produjo un agrio enfrentamiento entre el PSOE y el PP después de que los socialistas situaran como cabeza de lista por Valencia a la vicepresidenta María Teresa Fernández de la Vega, que se empadronó en Beneixida para votar allí, un acto administrativo que los ‘populares’ tacharon de irregular.
La propuesta aprobada supone adelantar el censo válido para unas generales de tal manera que se utilice aquel que está vigente el primer día del segundo mes anterior al de la convocatoria. Al mismo tiempo, se regularán las posibilidades de hacer modificaciones en ese periodo electoral previo a los comicios de tal manera que, por un lado, prácticamente se limiten sólo a datos personales y a cambios de domicilio dentro de la misma circunscripción, y por otro se evite arbitrariedad en las autorizaciones que debe avalar la Oficina del Censo.
Contra el transfuguismo
Otra decisión de relevancia tiene como objetivo anular de hecho el voto de los transfugas en una moción de censura. Como no es posible impedirles que voten, la Subcomisión ha decidido que para estos casos la aprobación de la moción requiera no una mayoría simple sino cualificada.
“A los españoles en el exterior también les interesa saber que el resultado de las elecciones no se ve alterado por los transfugas”, apuntó el diputado popular Celso Delgado.
Fuente Crónicas de la emigración.