Por el presente informamos que a partir del 23 de enero y hasta el día 3 de marzo está abierto el plazo de presentación de solicitudes para el programa «Axudas Económicas Indvividuais 2015».
Adjuntamos resolución del DOG, el formulario de solicitud del programa, formulario para solicitud del PERE e información sobre la documentación que se debe adjuntar.

Este programa es especialmente complicado de interpretar con respecto a las causales por las cuales se solicita la ayuda, cada una encuadrada en un artículo diferente de la resolución. Solicitamos a los interesados informarse convenientemente antes de proceder a bajar los formularios.

XUNTA
ÚLTIMO DÍA PARA ENTREGAR LOS FORMULARIOS COMPLETOS Y LA DOCUMENTACION CORRESPONDIENTE: 03 DE MARZO DE 2015.
DOCUMENTACIÓN GENERAL

Solicitud ANEXO I completo y firmado por el solicitante (discapacitados firma el responsable legal).  Fotocopia de pasaporte español.  Anexo firmado para solicitar PERE que acredite origen gallego.  Hijos de gallegos: fotocopia de libreta de matrimonio de los padres o partida de nacimiento del interesado y del padre o madre gallego/a.  Nietos de gallegos: deben acreditar por cualquier documento válido 1 año de residencia en Galicia. Para acreditar ascendencia fotocopia de partida de nacimiento del interesado y del abuelo/a gallego/a,  Para justificar el estado civil según corresponda: Partida de matrimonio ó fotocopia del libro de familia (para justificar, matrimonio e hijos). Separación legal o divorcio. Partida de defunción  Certificado de residencia consular o constancia de domicilio policial.  Recibos de gastos del hogar del último mes (UTE, ANTEL, OSE, IMM, gastos comunes etc.).  Para justificar ingresos: Fotocopia del último recibo de sueldo, jubilación, pensión de todos los miembros del núcleo familiar. En caso de tener otros ingresos declaración responsable de ingresos. En caso de poseer bienes inmuebles alquilados justificantes de alquileres percibidos, contratos correspondientes y Cedula Catastral de los bienes inmuebles que posean los miembros de la unidad económica familiar, excepto la vivienda habitual.  Si reside en centro asistencial o similar, justificante del coste mensual del centro.  Otros documentos que acrediten estado de necesidad.
BENEFICIARIOS DE LA AYUDA 2014 Los solicitantes que fueran beneficiarios de alguna de estas ayudas en el año 2014 y no variaran sus circunstancias personales, familiares y patrimoniales, NO TENDRAN QUE PRESENTAR la siguiente documentación:
 Libro de familia o documentación justificativa de matrimonio unión de hecho y nacimiento del resto de la familia.  Sentencia judicial en el caso de divorcio o separación legal.  Certificaciones catastrales.
En su lugar DEBERAN PRESENTAR EL ANEXO II de la resolución debidamente completo y firmado.
ARTÍCULO 5 AYUDAS POR SITUACION DE DEPENDENCIA O ENFERMEDAD GRAVE DEL SOLICITANTE  Documentación general.  Anexo III certificado médico (debe ser sellado por la entidad médica, firmado por el médico con número de registro).
ARTICULO 6 AYUDAS POR SITUACIÓN DE DEPENDENCIA O ENFERMEDAD GRAVE EN EL SENO DE LA UNIDAD FAMILIAR.  Documentación general  Anexo III certificado médico (debe ser sellado por la entidad médica, firmado por el médico con número de registro). Otros justificantes que comprueben grado de dependencia de terceros.
ARTÍCULO 7 AYUDAS POR INVALIDEZ O ENFERMEDAD PERMANENTE  Requisito de edad ser mayor de 18 años y menor de 65 años.  Documentación general  Anexo IV certificado médico (debe ser sellado por la entidad médica, firmado por el médico con número de registro).
ARTICULO 8 AYUDAS PARA LA COBERTURA DE MEDICINAS Y TRATAMIENTOS DE ENFERMEDADES CRÓNICAS O GRAVES, CUANDO TENGAN UN COSTE ELEVADO.  Requisito de edad ser mayor de 65 años.  Documentación general  Anexo V certificado médico (debe ser sellado por la entidad médica, firmado por el médico con número de registro).  Anexo VI certificado farmacéutico. En caso de tener mutualista o cobertura médica por algún centro asistencial el anexo debe ser completado por la farmacia correspondiente al centro de salud. En otros casos debe ser completado por la farmacia comunitaria. En todos los casos el anexo deberá ser firmado por el Químico Farmacéutico responsable, por el solicitante y ser sellado por la entidad.
 Justificación de otros gastos mensuales efectuados en el tratamiento de la enfermedad.
ARTÍCULO 9 AYUDAS PARA LAS MUJERES QUE SUFRAN VIOLENCIA DE GÉNERO  Documentación general  Sentencia, orden judicial o cualquier documento que acredite la situación, emitido por un organismo oficial.
ARTICULO 10 AYUDAS PARA PALIAR SITUACIÓN DE PARO  Requisito de edad ser mayor de 50 y menor de 65 años.  Documentación general.  Justificante de la situación de desempleo y si es subsidiado o no (se tramita en el BPS).
Nota: Es obligatorio comunicar todo cambio de domicilio o teléfono. En caso de fallecimiento del solicitante se deberá comunicarlo a la brevedad y entregar fotocopia de la partida de defunción correspondiente.

Quedamos a sus órdenes por cualquier duda o consulta.

XUNTA DE GALICIA
DELEGACIÓN EN MONTEVIDEO
Maldonado 1045
C.P 11100 Montevideo
Tel: 598-2 908 95 17
Fax: 598-2 908 74 17