Ha entrado en vigor la reforma electoral
El domingo 30 de enero entró en vigor la reforma electoral que suprime el voto en los comicios municipales
Fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el sábado 29 de enero
La reforma de la Ley Electoral ha llegado a su fin. El sábado 29 de enero fue publicada en el Boletín Oficial del Estado y entró en vigor al día siguiente, el domingo 30 de enero de 2011. Los españoles residentes en el exterior ya no podrán votar en las elecciones municipales y a partir de ahora deberán solicitar personalmente la documentación electoral para poder ejercer su derecho al voto en los comicios generales, autonómicos y europeos.
Publicación de la nueva normativa electoral en el Boletín Oficial del Estado
Lo que tanto temían los españoles residentes en el extranjero se ha convertido en realidad. Desde el domingo 30 de enero está en vigor la nueva redacción de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) que suprime la participación de los emigrantes en las elecciones municipales al exigir que los votantes en dichos comicios deban estar inscritos en el Censo Electoral de Residentes (CERE).
Pero si esta decisión ha sido un varapalo para la colectividad en el extranjero, también lo es, y quizás en mayor medida, el nuevo procedimiento para el voto en los restantes comicios en los que sí podrán votar.
De ahora en adelante, los inscritos en el CERA tendrán que solicitar personalmente y en un modelo oficial la documentación electoral, que antes se les enviaba de oficia. Podrán enviar su voto por correo pero al consulado correspondiente, y no directamente a la Junta Electoral Provincial, como muy tarde hasta el quinto día anterior a la jornada electoral.
La otra posibilidad será el depósito del voto en urna en la oficina diplomático de la demarcación consular de cada votante, entre el cuarto y el segundo día anterior a la elección, ambos inclusive.
El texto completo publicado por el BOE puede consultarse en la página web www.españaexterior.com.