La Sección Segunda de la Audiencia de Málaga ha decidido no conceder a Isabel Pantoja el beneficio de suspender su ingreso en prisión para cumplir la pena de dos años de cárcel que se le impuso por un delito de blanqueo de capitales, según un auto emitido este lunes.

Este tribunal, encargado de ejecutar la sentencia, ha rechazado así la petición de la artista, aunque le da un plazo de tres días para interponer un recurso de súplica, según han informado fuentes judiciales.

Este recurso de súplica, que deberá estudiar el mismo tribunal de la Audiencia, sería la última oportunidad de Isabel Pantoja para eludir su ingreso en prisión.

La Fiscalía se ha opuesto a la suspensión de la pena

Precisamente, este mismo lunes, la Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto a la suspensión de esa pena por el delito cometido en la etapa en la que fue pareja del exalcalde de Marbella, Julián Muñoz, que está en la cárcel por este procedimiento.

«Introdujo en el mercado el dinero que Muñoz había obtenido ilícitamente», «aprovechó su relación sentimental favoreciendo con la intimidad que aquella proporcionaba, la ocultación y opacidad de sus actos» y «su actitud durante el procedimiento ha sido de falta de cooperación», son algunos de los argumentos en los que se basa la Fiscalía para oponerse, han indicado a Efe fuentes judiciales.

Además, la Fiscalía Anticorrupción señala que «puso al servicio de Julián Muñoz las sociedades de su propiedad a través de las cuales canalizaba su actitud profesional acentuando, de este modo, la confusión y ocultación de las operaciones».

«La conducta de Pantoja se llevó a cabo durante más de dos años»

También se asegura que la conducta de Pantoja «se llevó a cabo durante más de dos años sabiendo los procedimientos ya iniciados contra su pareja», el exalcalde con más procedimientos penales de España, casi un centenar.

La Fiscalía subraya que a lo largo de los años la tonadillera llevó a cabo distintas conductas tipificadas como blanqueo de capitales «no limitándose a algún acto esporádico, sino respondiendo a un propósito bien definido y firme con desprecio absoluto, como mínimo a los vecinos de Marbella al cooperar y beneficiarse de las arcas públicas del Ayuntamiento saqueadas, entre otros, por su pareja».

Por ello, Anticorrupción incide en la actitud de Pantoja durante el procedimiento fue de «falta de cooperación y explicación alternativa» y agrega que «ni en el juicio ni después da la más mínima muestra de reconocimiento de error o arrepentimiento».

El fiscal no se opone al fraccionamiento del pago de la multa

Respecto al fraccionamiento del pago de la multa de 1.147.148 euros solicitado por la artista, el fiscal no se opone, ya que «existen bienes embargados suficientes para la satisfacción de la multa ante la falta de cumplimiento voluntario» y, porque además dicha posibilidad «parece» estar justificada, ya que hay un comprador para el inmueble que Pantoja tiene en Alcobendas.

El ministerio público tampoco se opone al levantamiento del embargo acordado en la pieza de responsabilidad civil.

La artista, en octubre de 2010, designó en el juzgado instructor del caso parte de sus bienes para hacer frente a la fianza de responsabilidad civil de 3,68 millones de euros que le impuso el juez y ahora había pedido que se adecúe a la multa a la que ha sido condenada.